Sobre el llamado matrimonio homosexual
Cortesía de
iuscanonicum.org
Artículo relacionado: El contrato matrimonial y las
uniones homosexuales.
También le puede interesar: Preguntas y respuestas
frecuentes acerca de la autorización de matrimonios
entre parejas del mismo sexo,
elaboradas por la Conferencia Episcopal de Canadá,
o Repensar el matrimonio, artículo de Rafael Domingo
sobre la naturaleza del matrimonio.
Autor: Juan Manuel de Prada
Publicado en Abc, Madrid, 30 de abril de 2005
En la disputa o gatuperio montado en torno al llamado «matrimonio homosexual»,
que pilló enconado y cetrino como suele ocurrir con casi todos los debates
patrios (pues casi todos degeneran en reyertas), descubro de inmediato la
interposición de un tabú. ¿Existe una verdadera libertad para discutir la
cuestión? Los partidarios de su aprobación -triunfantes desde mucho antes de que
el Parlamento respaldase sus vindicaciones- suelen partir de una premisa falaz,
a saber: quienes se oponen al llamado «matrimonio homosexual» son homófobos
encarnizados. Los detractores, por su parte, temerosos de que les cuelguen este
sambenito infamante, se esfuerzan por desplazar el debate hacia un terreno
puramente nominalista, aceptando que tales uniones se celebren, pero bajo
nombres diversos que dejen a salvo la designación de «matrimonio» referida
exclusivamente a la unión entre un hombre y una mujer, reduciéndose así la
discusión a una búsqueda un tanto bizantina de sinónimos o alternativas
semánticas. Casi nadie logra sobreponerse al tabú implícito en el debate; y, de
este modo, se orilla el meollo de la cuestión, que no es otro que determinar la
naturaleza jurídica de la institución matrimonial.
Empecemos refutando el tabú que unos y otros acatan: se puede combatir la
homofobia, por ser contraria a la dignidad inalienable de la persona, y estar en
contra del llamado «matrimonio homosexual». Por una sencilla y diáfana razón: la
institución matrimonial no atiende a las inclinaciones o preferencias sexuales
de los contrayentes, sino a la dualidad de sexos, conditio sine qua non para la
procreación y, por lo tanto, para la continuidad social. Alguien podría oponer
aquí que la procreación no forma parte del contenido estricto de esta
institución jurídica, que se trata de un adherencia de orden religioso.
Entonces, ¿por qué las legislaciones civiles declaran sin excepción nulo el
matrimonio contraído entre hermanos? Pues si, en efecto, la procreación no
estuviese indisolublemente unida a la institución matrimonial, bastaría que los
hermanos contrayentes declarasen ante el juez que la comunidad de vida que se
disponen a iniciar la excluye, para salvar el obstáculo de la consanguinidad.
Otra prueba evidente de que el llamado «matrimonio homosexual» desvirtúa una
institución jurídica con fines propios la constituye el hecho de que los jueces
y demás funcionarios públicos a quienes se encomiende la tarea de casar a dos
hombres o dos mujeres no podrán requerir a los contrayentes para que declaren
sus preferencias sexuales: dos amigos solteros, viudos o divorciados, ambos
heterosexuales, podrán acceder sin cortapisas a esta nueva forma de matrimonio.
A la postre, el llamado «matrimonio homosexual» acabará propiciando el fraude de
ley.
Las instituciones jurídicas no poseen otro fin que reforzar las sociedades
humanas. Naturalmente, pueden ser reformadas y sometidas a actualización; pero
cuando se destruye su naturaleza el Derecho se resiente y, con él, la sociedad
humana. Lo dicho sobre el matrimonio sirve también para la adopción. La
filiación de un niño se funda sobre vínculos naturales que presuponen a un
hombre y a una mujer; la adopción es una institución jurídica que trata de
restablecer dichos vínculos. El niño no es un bien mostrenco que pueda
procurarse según su capricho una pareja, sea esta homosexual o heterosexual,
sino un ser humano nacido de la unión de dos sexos. Esto ocurría, al menos,
mientras el Derecho no estaba incurso en el cambalache electoral; pero ahora la
naturaleza de las instituciones jurídicas la dictamina un puñado de votos. Sólo
removiendo los tabúes puede abordarse este debate.