Donación Pontificia de las Indias (Esquema)
Bula alejandrinas
2. Inter coetera I (3 de mayo de 1493) Concede a los reyes de Castilla y León todas las islas y tierras firmes, descubiertas ya o a descubrir, siempre que no estuvieran ya sometidas a un príncipe cristiano y con condición de enviar evangelizadores.
3. Inter coetera II (4 de mayo de 1493) Recoge la anterior y amplía y concreta marcando por ejemplo una línea “... la cual línea diste de las islas que vulgarmente llaman Azores y Cabo Verde cien leguas hacia occidente y mediodía,....” Fue modificado por el Tratado de Tordesillas de 1494 por otra línea que corriera de norte a sur a 370 leguas al oeste de Cabo verde, lo que equivalía al meridiano 45º
4. Eximiae devotionis (3 de julio de 1493) Concede a los reyes de Castilla y León los mismos privilegios concedidos anteriormente a Portugal para los territorios descubiertos en África. (Bulas a Portugal: Romanus Pontifex de Nicolás V [8 de enero de 1455], Inter coetera de Calixto III [13 de marzo de 1456] Aeterni Regis de Sixto IV [21 de junio 1481]
5. Dudum siquidem (25 de septiembre de 1493). Muy breve, se refiere a todas las tierras halladas o por hallar por los que navegan a occidente o mediodía.
Antecedentes medievales
Monistas
Defendían que el poder se transmitía de Dios a los hombres a través de una única persona sea el Papa sea el emperador o príncipe.
Monismo hierocrático
Autores antiguos: Alvaro Pelagio, Egidio Romano, Jacobo de Viterbo, Agustín de Ancona, Alejandro de Santo Elpidio, Guillermo de Cremona etc. Entere los “modernos” A. Ybot León, J. Baumel, Barcia Trelles, P. Imbart de
Marsilio de Padua, Guillermo Ockham etc. Monismo regio los asesores de Felipe el Hermoso de Francia en su lucha contra Bonifacio VIII.
Dualismo
Cada uno tenía su poder, sea espiritual sea terrenal.
Interpretación de
1493 hasta Francisco de Vitoria (1539)
Predominaba el monismo hierocrático. El derecho de la corona viene de la donación pontificia.
Francisco de Vitoria 1539 hasta Juan Solórzano Pereira (1629)
Niega el poder directo del Papa en los asuntos temporales pero sostiene que tomar decisiones sobre ellos con el poder indirecto que le confiere el derecho de velar por el bien espiritual de las almas.
De Juan Solórzano Pereira (1629) hasta la actualidad
El derecho de la corona viene de la donación Obra –“Política indiana”, Madrid 1647. Busca un fundamento divino para el derecho político.
Teorías para explicar el fundamento jurídico de la donación:
1. Teoría monística hierocrátrica
Dios ha otorgado el mundo a Pedro y Pedro puede donarlo a quien quiera.
2. Teoría arbitral
El Papa para evitar guerras hace de árbitro entre los reyes castellanos y el portugués.
3. Derecho romano
Teoría de la inventio o res nullius (hallazgo y cosa sin dueño).
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