Las personas divorciadas vueltas a casar deben participar de la Santa Misa y participar en la Comunión solamente de manera espiritual
El Secretario del Pontificio Consejo para la Familia, Mons. Jean Laffitte, recordó que las personas divorciadas vueltas a casar deben participar de la Santa Misa y participar en la Comunión solamente de manera espiritual.
En entrevista concedida a EWTN Noticias el 25 de julio en Roma, Mons. Laffitte señaló, que las personas divorciadas que contrajeron segundas nupcias, aunque no puedan recibir la comunión eucarística "siguen estando plenamente dentro de la Iglesia" y "siempre pueden tener una comunión espiritual fructífera".
Al recordar la Exhortación Apostólica del Beato Juan Pablo II,
Familiaris Consortio, el Prelado explicó que existe una distinción entre la comunión espiritual y la comunión eucarística, que afirma que sin la primera, no puede existir la segunda.
En este sentido, Mons. Laffitte indicó que la comunión espiritual es la forma en la que la persona se une personalmente a Cristo en el momento de la redención del Santo Sacrificio, para así, después, recibir la comunión eucarística.
En esta perspectiva, "las personas que por una u otra razón no pueden recibir la Santa Comunión, o comulgar, siempre pueden tener una comunión
espiritual fructífera", remarcó.
"Esto no es una disciplina inventada por la Iglesia", recordó, y por lo tanto, en el matrimonio, "los cónyuges hacen un pacto con Dios, y Dios hace un pacto con ellos", que crea un sacramento indisoluble. Una segunda unión "lo convertiría en algo contradictorio y contrario a lo sacramental".
Finalmente, Mons. Laffite explicó, que para la comunión hace falta preparar el corazón para recibir al Señor, y de este modo, cuando los divorciados vueltos a casar se abtienen de recibirla, "dan mucho más honor al Señor con su sacrificio y ofreciéndose ellos mismos, a través del dolor que tienen en sus corazones, en el sacramento de la Eucaristía".
"Ellos sufren por esto, pero, hay más honor dado por el cuerpo de Cristo en esta situación, que en cuando los bautizados van de manera superficial y a veces, de manera poco digna, a tomar la Comunión, sea cual sea el estado de sus almas", concluyó.
Los divorciados vueltos a casar y el sacramento de la Comunión
La Congregación de la Doctrina para la Fe expresó en su carta a todos los obispos del mundo de octubre de 1994, que una persona divorciada vuelta a casar no puede participar de la Comunión, porque el matrimonio "es la imagen de la relación entre Cristo y su Iglesia".
En ese aspecto, la Iglesia explica que los divorciados vueltos a casar sin un decreto de nulidad para el primer matrimonio, se encuentran en una relación de adulterio que no les permite arrepentirse honestamente, para recibir la absolución de sus pecados y por consiguiente, la Santa Comunión.
Dentro de este marco, para acercarse a los Sacramentos de la Penitencia y a la Eucaristía, deben resolver la irregularidad matrimonial por el Tribunal de los Procesos Matrimoniales u otros procedimientos que se aplican a los matrimonios de los no bautizados, de ser el caso.
Al respecto el Beato Juan Pablo II señala que "la Iglesia desea que estas parejas participen de la vida de la Iglesia hasta donde les sea posible (y esta participación en la Misa, adoración Eucarística, devociones y otros serán de gran ayuda espiritual para ellos) mientras trabajan para lograr la completa participación sacramental".